IMP024_3: Maquillaje Integral (RD 295/2004 – 1087/2005) modificado por el Real
Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
Relación de módulos formativos
CURSO MF0064_2: SEGURIDAD Y SALUD EN MAQUILLAJE INTEGRAL (90 HORAS) : DEL 7 AL 29 DE NOVIEMBRE en horario de 9:00 a 15:30 horas.
CURSO MF0065_2: (TRANSVERSAL) MAQUILLAJE SOCIAL (90 HORAS) : DEL 4 AL 30 DE SEPTIEMBRE en horario de 15:45 a 20:45 horas.
CURSO MF0066_2:(TRANSVERSAL) MAQUILLAJE PARA MEDIOS ESCÉNICOS Y PRODUCCIONES AUDIOVISUALES (120 HORAS) : DEL 1 DE OCTUBRE AL AL 8 DE NOVIEMBRE en horario de 16:00 a 20:30 horas.
CURSO MF0067_3: (TRANSVERSAL) MICROPIGMENTACIÓN. (120 HORAS) : DEL 3 DE SEPTIEMBRE AL 4 DE OCTUBRE de 9:00 horas a 14:30 horas.
CURSO MF0068_3: TATUAJE (120 HORAS) : DEL 7 DE OCTUBRE AL 6 DE NOVIEMBRE en horario de 9:00 a 14:30 horas.
CURSO MP0258: MÓDULO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES NO LABORALES DE MAQUILLAJE INTEGRAL (120 HORAS) (Solo podrá cursarse en el caso de que sean cursados los módulos anteriores) DEL 30 DE NOVIEMBRE AL 30 DE DICIEMBRE
Requisitos de acceso
Para el nivel 3 se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Grado Medio o Grado Superior, Bachiller o equivalente a efectos de acceso.
- Certificado de profesionalidad de nivel 3 O Certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia profesional.
- Curso específico para el acceso a ciclos de grado superior O Prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior.
- Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
- BUP: título de Bachiller regulado por la Ley 14/1970, de 4 de agosto.
- Tener acreditadas las competencias clave necesarias (anexo IV del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero).
Acciones formativas incluidas al amparo de la orden EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año 2022.
DESTINATARIOS DE LA FORMACIÓN
• Los trabajadores ocupados que prestan sus servicios retribuidos en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones públicas y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
• Los trabajadores ocupados que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: Fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, personas que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo o personas afectadas por medidas de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o derivadas de fuerza mayor en sus periodos de suspensión de empleo o reducción de jornada de trabajo.
• Los trabajadores ocupados adscritos al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante los periodos de inactividad, al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Podrán participar en los programas sectoriales de su ámbito de actividad, así como en los programas transversales), al del Mar y a aquellos otros de la Seguridad Social que no coticen por formación profesional.
• Los cuidadores no profesionales que atiendan a personas en situación de dependencia, siempre que las acciones formativas en las que participan sean de la familia profesional de Sanidad o de Servicios Socioculturales y a la Comunidad.