Módulo perteneciente al Certificado de Profesionalidad de Nivel 3 MP024_3: Maquillaje Integral (RD 295/2004 – 1087/2005) modificado por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
Realizar y supervisar procesos de micropigmentación. Preparación de equipos, instalaciones y productos para la aplicación de técnicas de micropigmentación. Asesoramiento y aplicación de técnicas de micropigmentación.
Duración: 120 horas
Fechas : Del 4 de septiembre al 4 de octubre de 2024. En horario de mañana de 9:00 horas a 14:30 horas de lunes a viernes.
Relación de temas:
UNIDAD FORMATIVA 1
1. Seguridad e higiene en los procesos de micropigmentación.
2. Equipos, instalaciones y materiales.
3. Productos para micropigmentación.
UNIDAD FORMATIVA 2
1. Características de salud del cliente.
2. Documentación técnica, legal y comercial: Información para el cliente.
3. Morfología de las zonas a pigmentar y correcciones.
4. Luz y color.
5. Parámetros de las técnicas de micropigmentación.
6. Aplicación de técnicas de micropigmentación.
7. Evaluación y control de calidad en los procesos de micropigmentación.
Requisitos de acceso
Para el nivel 3 se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Grado Medio o Grado Superior, Bachiller o equivalente a efectos de acceso.
- Certificado de profesionalidad de nivel 3 O Certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia profesional.
- Curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de grado superior O Prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior.
- Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
- BUP: título de Bachiller regulado por la Ley 14/1970, de 4 de agosto.
- Tener acreditadas las competencias clave necesarias (anexo IV del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero).
Acciones formativas incluidas al amparo de la orden EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año 2022.
DESTINATARIOS DE LA FORMACIÓN
• Los trabajadores ocupados que prestan sus servicios retribuidos en empresas privadas o en empresas o entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones públicas y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
• Los trabajadores ocupados que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: Fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, personas que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo o personas afectadas por medidas de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o derivadas de fuerza mayor en sus periodos de suspensión de empleo o reducción de jornada de trabajo.
• Los trabajadores ocupados adscritos al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante los periodos de inactividad, al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Podrán participar en los programas sectoriales de su ámbito de actividad, así como en los programas transversales), al del Mar y a aquellos otros de la Seguridad Social que no coticen por formación profesional.
• Los cuidadores no profesionales que atiendan a personas en situación de dependencia, siempre que las acciones formativas en las que participan sean de la familia profesional de Sanidad o de Servicios Socioculturales y a la Comunidad.